VIDEO RESUMEN DEL CONFLICTO elaborado en 2011:
Salvemos la Laguna de Parón.wmv
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VARIOS DE LOS COMUNEROS FUERON ACUSADOS Y JUZGADOS
Seguidamente se muestra la resolución judicial:
La sede del Juzgado Mixto Transitorio de Huaylas – Caraz a cargo de la jueza Ana María López Arroyo fue el escenario donde se dio lectura el día de hoy 18 de octubre a la sentencia del caso emblemático “Laguna Parón”, en el cual estuvieron comprendidos desde el año 2008, ocho campesinos procesados por los delitos de: Coacción, Usurpación agravada y entorpecimiento de medios de transporte y comunicación. Los procesados fueron: Antonio Dueñas Goñi, José Viterbo Moreno Maguiña, Luis Alberto Vacas Mendoza, Tomás Milla Rivas, Juan Fernando Granados Maza, Arturo Serafín Lindo Oropeza, Juvenal Genaro Pasión Loarte y Armando Ángeles Pajuelo.
La laguna Parón, situada en la región Ancash, en el nororiente del Perú, forma parte del Parque Nacional Huascarán, Patrimonio Natural de la Humanidad. Esta joya natural sufrió un proceso de destrucción permanente que afectó la vida de las comunidades campesinas, y el deterioro de una fuente natural que da vida a la región y al mundo. El “delito de los campesinos de la zona, ha sido el de cuidar su Laguna, su fuente de vida y belleza natural, deteriorada por el mal uso que se ha hecho de ella”.
La jueza del proceso, la doctora Ana María López Arroyo en los considerandos de su sentencia precisó que el delito de coacción ha prescrito debido al transcurso del tiempo (03 años); respecto al delito de entorpecimiento de medios de transporte y comunicación absolvió a todos los procesados, por no haberse configurado el delito además de no tenerse individualizado a los actores ya que respondió a una participación conjunta de la comunidad campesina “Cruz de Mayo”, la Campiña y la población de la ciudad de Caraz en un acto de defensa de sus recursos hídricos.
En el caso del delito de usurpación agravada, en agravio de la empresa Duke Energy Egenor fueron cinco los procesados por este delito, de los cuales dos fueron absueltos y tres de ellos fueron sentenciados con pena privativa de la libertad de dos años, la cual fue suspendida a un año estableciendo para los mismos reglas de conducta, además del pago de una reparación civil de S/. 500. 00 nuevos soles a favor de la empresa Duke Energy, la misma que sería pagada de manera conjunta por los tres sentenciados.
Esta sentencia fue apelada en el extremo de la condena por dos de los sentenciados, a quienes hacemos llegar nuestra solidaridad y el respectivo pedido a las instancias superiores para que revisen el caso y en su oportunidad reviertan la sentencia, ya que dichas personas actuaron en defensa de la vida y de los recursos naturales y culturales patrimonio de todos los peruanos.
La obra de conservar la naturaleza y cuidar sus fuentes de agua, su tierra y aire siguen: la tarea continúa. Felicitamos a las personas que desde la Comunidad Campesina Cruz de Mayo, los dirigentes populares, y el apoyo de Ceas, han logrado este resultado.